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Ayto de Laviana



Certificado/volante de empadronamiento individual



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formularios

Nivel de Modernización 2. Descarga de formularios

Información
Materia Relaciones del ciudadano, empresa o empleado público con la Administración.
Ciudadanía y Nacionalidad.
Periodicidad Continuo.
Tipo de tramitación Procedimiento.
Tipología de la tramitación Externo específico.
Descripción Disponer de un documento que acredite que la persona solicitante es vecina de este Ayuntamiento y figura en el Padrón Municipal de Habitantes como tal.

Es común que se solicite en los casos en que el documento tenga que presentarse ante organismos o tramitaciones como por ejemplo: Organismos judiciales (juzgados y tribunales), Organismos militares o autoridades extranjeras, Registro Civil (matrimonios, nacionalidad, cambios de nombre y/o apellidos y adopciones, etc.)Declaraciones de herederos, Otros Registros Oficiales, Centros penitenciarios, Dirección de Aduanas, INEM, Universidades, Residencia por arraigo (es necesario acreditar tres años de residencia), Reconocimiento de situación de dependencia. Solicitud e subvenciones, etc.
Destinatarios/as Ciudadanía.
Forma de inicio Instancia de parte.
Sujeto Ciudadanía empadronada en este Ayuntamiento.
Plazo de presentación A lo largo del año, en cualquier momento.
Canales de realización Electrónico o presencial.
Lugar de presentación - En el registro electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
- Presencialmente, cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de Registro.
Tributos Lo establecido por esta entidad.
Administración Local.
Centro Directivo Ayuntamiento.
Plazo máximo de resolución y notificación Las notificaciones de las peticiones realizadas a través de medios electrónicos se remitirán al buzón de notificaciones situado en la sede electrónica.
En el caso de presencial se darán en mano y en formato físico si se ha presentado toda la documentación.
Práctica de notificaciones Las notificaciones de las peticiones realizadas a través de medios electrónicos se remitirán al buzón de notificaciones situado en la sede electrónica.
En el caso de presencial se darán en mano y en formato físico.

Normativa
L 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
L 39/2015
L 40/2015 Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
L 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Resolución de 2 de diciembre de 2020 Resolución de 2 de diciembre de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se modifica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón municipal.
L 7/1985 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
RD 1690/1986 Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, modificado por Real Decreto 2612/1996, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

Tramitación presencial
Instancia de Solicitud